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Cambios en la Inmigración Durante la Pandemia

Por Morella Salazar Dager enVisas e Inmigración

Por Morella Salazar Dager

Los acontecimientos del Covid-19 ha afectado todos los aspectos de nuestra cotidianidad a nivel mundial y en consecuencia cada país ha tomado las medidas que considera prudente para sus ciudadanos. 

En estos últimos meses el gobierno americano ha emitido dos decretos presidenciales mediante los cuales se restringe la tramitación de ciertos visados lo cual ha traído como consecuencia angustia entre las personas que estaban en vías de tramitaciones de algún beneficio migratorios.

El primer Decreto afecta principalmente a todo aquel que esté gestionando la residencia permanente a través de un consulado, es decir la visa de inmigrante. Esto realmente no fue noticia para nadie, ya que todos sabíamos de la disminución de servicios consulares en todos los países, y que limitaban sus actividades para asistir a sus ciudadanos a repatriarse o para algún servicio local esencial.

El segundo decreto afecta a quienes intentan gestionar las visas de no inmigrantes H, J, y L lo cual claro esta impactará notablemente a los empleadores que contaban con fuerza de trabajo extranjera, pero se tomó esta medida para la protección del mercado laboral, dado el impacto de desempleo que sufrió el país como consecuencia del Covid-19. 

Otros cambios temporales

En general el gobierno tomó medidas excepcionales con la intención de mantener el orden en los procedimientos tomando las precauciones debidas para la protección de la ciudadanía. A partir del día 18 de marzo las oficinas locales de inmigración cerraron al público donde se llevaban a cabo citas rutinarias, toma de huellas digitales y entrevistas a personas para distintos tipos de procesos. Sin embargo, las oficinas centrales o principales del servicio de Inmigración se mantuvieron 100% operativas. Todo tipo de visado o de proceso que pueda realizarse a través de las oficinas centrales se llevó  a cabo sin ningún tipo de interrupción. 

A partir del día 4 de junio del año en curso se comenzaron a reabrir las oficinas locales para reanudar sus actividades regulares, con la debida precaución sanitaria implementada por los estados.

Adicionalmente, el servicio de inmigración implementó mecanismos varios en los que flexibilizaron fechas limites de procesos, crearon mecanismos para que todo el que se encontró sin posibilidades de viajar de retorno a su país, acudieran a las autoridades para prolongar sus estadías legales en los EE. UU. incluyendo a todo aquel que haya llegado con el programa ESTA, es decir sin visa (VWP).

En este último caso se creó un sistema llamado “satisfactory departure” mediante el cual se le prolonga la estadía por 2 periodos de 30 días cada uno. Y si llego con visa de turismo (B1/B2), podrá usted prolongar su estadía por 6 meses adicionales a los que originalmente le otorgaron.

Noticias adicionales

Las corporaciones registradas en la Florida tienen que declarar anualmente su intención de continuar funcionando, pagando una anualidad de aprox. $ USD 150, esto tradicionalmente vence los días 30 de abril de cada año y por la crisis de la pandemia se extendió esta fecha de junio 2020. Esto rige para todos los estados, pero solo contamos con el dato de la fecha límite de la Florida, pero se han extendido en todas partes.

Del mismo modo, El IRS, el servicio de Hacienda extendió la fecha límite de declaración de impuestos que históricamente ha sido el día 15 de abril al 15 de julio 2020.

El SBA “Small business administration” ha otorgado ayudas económicas importantes a las empresas para poder mantenerse en pie, mantener a sus empleados en nómina. Incluso a los extranjeros que tienen empresas en EE. UU. con nóminas pueden gozar de estos beneficios ya que sus empresas son americanas y tienen empleados aquí. Esto no afectará sus procesos migratorios ni les va a generar daño a la hora de considerar carga pública. 

Esto es igualmente aplicable para el beneficio de “Unemployment” si usted por alguna razón desafortunadamente perdió su empleo, usted podrá optar por los beneficios de desempleo y eso no se le contará como carga pública a la hora de continuar sus procesos migratorios en este país. 

Cualquier duda puede contactarnos para extendernos en la aclaración de estos puntos.

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Morella Salazar Dager
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Morella Salazar Dager
Abogada especialista en leyes de inmigración y empleo, seguridad nacional, política nacional e internacional y derechos humanos. Miembro activo de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA)
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