Que podemos prever en el mundo de los negocios en los Estados Unidos a partir de la pandemia
A lo largo de estos tiempos hemos visto que el covid ha sido una situación que nos ha provocado mucha inquietud y mucha incertidumbre que nos lleva a pensar, que va a pasar con los negocios y con las inversiones y cómo vamos a poder actuar cuando se reabran las fronteras y empecemos a trabajar todos nuevamente.
Estados Unidos es un país que se ha hecho de inmigracion y capitales extranjeros y por ende, su legislación entera está preparada para recibir el capital extranjero. Tanto las leyes del congreso como los tratados de inversión directa y los tratados multilaterales están previstos desde el día cero para tener una acción y una interacción con los capitales extranjeros.
Tanto es así, que tenemos tratados de navegación y de comercio con Argentina que datan de finales de siglo pasado y que están actualmente vigentes. Muchos de ellos son los que han dado origen a algunas de las visas que nos permiten hoy gerenciar un negocio en los Estados Unidos o llevar adelante una inversión productiva.
En esta materia hay muchísima diversidad de documentos y existe una variedad de normas y de reglas que se articulan entre sí, para el tratamiento de los inversores extranjeros. Pero sepan que hay una regulación para todo tipo de actividad: servicios, productivos, inversiones financieras, todas las actividades son pro-inversión extranjera. Estados Unidos encabeza los índices de transparencia en las transacciones, la responsabilidad en los gerentes y la protección de los inversores, fomentando la inversión extranjera en su país.
Es importante tener en cuenta que cualquiera que haga inversiones en Estados Unidos siempre va a poder transferir sus ganancias a su país de origen. Nunca va a tener ningún motivo por el cual la legislación le impida repatriar tanto ganancias como el capital mismo.
Van a poder utilizar cualquier forma jurídica que está vigente en los Estados Unidos y en cada uno de los estados. Y además las empresas locales y las empresas locales formadas por extranjeros están absolutamente empatadas en cuanto a derechos y obligaciones que tienen para poder acceder a créditos del sistema de los Estados Unidos, poder vender al estado, poder fomentar el comercio y poder participar de la vida proactiva de la sociedad.
Cualquiera que sea la actividad a desarrollar en los Estados Unidos es muy importante poder estructurarse con un tipo societario adecuado. Otro dato es que todos los estados del país se pusieron de acuerdo para que una sociedad pudiese actuar de la misma manera en cualquier estado.
Las principales grandes estructuras societarias son; las Sociedades comerciales cuyo fin es lucrar y obtener una ganancia, las Sociedades sin fines de lucro como ONGS, fundaciones o asociaciones civiles que tienen un fin altruista y se constituyen legalmente para poder operar, pueden o no tener ganancias o pagar impuestos según cada estructura y las Sociedades foráneas o extranjeras tanto nacionales como internacionales.
Sociedades comerciales en la Florida
El estado de la Florida reguló sus sociedades durante muchos años a través de un marco que resume los tipos más comunes como; las Corporaciones que son las sociedades cuyo capital está dividido en acciones, las LLC – Limited Liability Company son las sociedades cuyo capital se divide en cuotapartes, este es un tipo societario muy utilizado y conveniente ya que la sociedad tiene particularidades legales e impositivas que son favorables a cierto tipo de actividades. Esto no implica que las Corporaciones no lo sean, sino que hay que hacer un análisis de cada negocio para saber qué tipo societario conviene utilizar.
Las LLP – Limited Liability Partnership son muy importantes y usuales, son sociedades que reúnen ciertas características de las LLC porque su capital se divide en cuotas partes pero tienen dos tipos de socios según las responsabilidades de estos. Se utilizan mucho para desarrollos inmobiliarios y emprendimientos que requieran inversores que financien.
Todas las sociedades deben tener una denominación societaria, un nombre. Esta denominación es completa a diferencia de otros países en donde el empate en sociedades con el mismo nombre es por aproximación en Estados Unidos es por exactitud. Las registraciones se hacen en cada estado y cada estado tiene su método para inscribirlas.
El capital social en muchos países tiene una incidencia sobre los aspectos tributarios y contables con montos mínimos y pagos de tasas. En Estados Unidos no es así, sino que el capital social es al solo efecto de que los socios puedan distribuir de forma lógica y equitativa como deseen el capital de la sociedad.
El objeto social, no tiene que ver con para que fue creada como en hispanoamérica sino que puedo resumir la actividad de mi sociedad en todas aquellas cosas o actividades permitidas por la ley que tengan influencia en el comercio o en la industria, puede servir para comprar bienes activos o para constituir o formar una compañía o para lo que desee porque no hay limitante.
Los agentes de registro son las personas que intervienen por los dueños para registrar la sociedad. Solemos ser los abogados, contadores o empresas dedicadas a esto las que tenemos la obligación de dar de alta las sociedades en el ente jurídico que cada estado haya determinado para poder establecer o registrar sociedades, muchas veces puede ser la secretaria del estado y muchas otras veces puede ser un órgano incorporador.
Deberán tener dignatarios o autoridades, es decir quienes serán los managers o directores de la sociedad, es quien será responsable por la sociedad, por eso es tan importante.
En cuanto a duración se determina por cuánto tiempo vamos a constituir esta sociedad, esto puede ser por un término temporal de 2 a 5 años o por perpetuidad.